La versión en una frase
El impuesto que usted paga en 2026 se basa en lo que valía su propiedad el 1 de enero de 2025 — multiplicado por las tasas que los distritos tributarios fijaron a finales de 2025, y se cobra este año. El año del valor siempre va un año atrás del año de cobro.
La secuencia completa
Su valor tasado y su recibo final se fijan en momentos distintos y por oficinas distintas. Por eso usted puede conocer su valor durante meses y no saber su recibo real hasta enero.
1 de enero de 2025
Fecha de tasación. El valor de su propiedad queda fijado ese día. Esa cifra — su valor tasado — es la base de su impuesto de 2026.
Durante 2025
El Tasador (Assessor) fija ese valor. Usted tiene un plazo ese año para revisarlo o apelarlo.
Otoño de 2025
Los distritos tributarios (escuelas, bomberos, biblioteca, condado y otros) aprueban sus presupuestos.
Antes del primer lunes de diciembre de 2025
Los distritos certifican sus montos de gravamen ante el Tasador (Assessor). El Tasador entonces calcula las tasas.
Enero de 2026
El Tasador certifica el padrón fiscal final ante el Tesorero. Es en este momento cuando su monto en dólares se vuelve oficial.
El 15 de febrero de 2026 o después
Comienza el cobro — el Tesorero no puede cobrar antes del 15 de febrero.
30 de abril de 2026
Primera mitad vence.
31 de octubre de 2026
Segunda mitad vence.
La fórmula correcta
El error común que hay que evitar: etiquetar el valor como si fuera del año fiscal actual, o combinar un valor del año actual con una tasa del año actual. El año del valor siempre va un año atrás del año de cobro.
Las bases legales
Para quien quiera verificarlo en la ley:
- Fecha de tasación — 1 de enero del año de tasación. RCW 84.40.020
- Los distritos certifican sus montos de gravamen ante el Tasador antes del primer lunes de diciembre. RCW 84.52.020 · 84.52.070
- El Tasador certifica y entrega el padrón fiscal al Tesorero (normalmente a mediados o finales de enero). RCW 84.52.080
- Tesorero no puede cobrar antes del 15 de febrero. RCW 84.56.010
- La primera mitad vence el 30 de abril; la segunda, el 31 de octubre. RCW 84.56.020
Recurso de educación para votantes. Esta explicación es producida por la campaña de Rick Viall para Tesorero del Condado de Chelan. Es información general, no asesoría legal ni fiscal, y no es un producto de las oficinas del Tesorero ni del Tasador del Condado de Chelan. Para sus cifras oficiales, comuníquese con la Oficina del Tesorero del Condado de Chelan.